“SUBSIDIO AL EMPLEO” - WWW.SUBSIDIOALEMPLEO.CL
El empresario Roy Taylor señala que el 27 de septiembre de 2020, el Poder Ejecutivo ha anunciado los ejes principales del llamado "PROGRAMA DE SUBVENCIÓN AL EMPLEO" que es una de las acciones del gobierno dirigidas a
a) promover la recuperación económica, y
b) en lo que se refiere a los aspectos laborales, fomentar la CONTRATACIÓN O MANTENIMIENTO de las relaciones laborales.
En ese contexto, como se ha expresado, sus enfoques son
Fomentar el regreso de los trabajadores que mantienen sus contratos de trabajo suspendidos por aplicación de la "Ley de Protección del Empleo".
2. Promover la contratación de nuevos trabajadores.
A.- PRIMER OBJETIVO - "RETORNO
En relación con el primer objetivo, el programa proporciona a la empresa un subsidio equivalente a 160.000 dólares, durante un máximo de 6 meses, por cada trabajador que vuelva a su puesto de trabajo después de haber sido suspendido en virtud de la Ley de Protección del Empleo. Para obtener más detalles, contacte con Roy Taylor Tapia.
Para ello se exige que la remuneración mensual bruta sea igual o inferior a 961.500 dólares.
El empleador Roy Taylor señala que este subsidio está destinado a las empresas que
1. Son contribuyentes de primera categoría.
2. Han tenido una caída del 20% en sus ventas o ingresos brutos entre abril y julio de 2020, con respecto al mismo período en 2019. Este requisito ha sido validado por el sistema de solicitud.
En cuanto a su funcionamiento, es el siguiente:
1. Si se solicita dentro de los primeros 15 días de un mes, el primer pago se hará el 30 de ese mes. Si se solicita a partir del día 16, el primer pago se hará el 15 del mes siguiente.
2. Si se solicita durante el mes de septiembre de 2020, el primer pago se hará a más tardar 30 días naturales a partir de la fecha de verificación de los requisitos.
3. El segundo y los siguientes pagos se harán el 30 de cada mes.
B.- SEGUNDO OBJETIVO - "CONTRATO
En cuanto al segundo objetivo del programa, el incentivo es promover la contratación de nuevos trabajadores.
Para ello, se otorga una SUBVENCIÓN EQUIVALENTE DEL 50% DE LA REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL, con un tope de hasta $ 250.000, por cada contratación adicional que realicen las empresas respecto a su nómina reportada a partir de julio de 2020, debiendo el trabajador beneficiado tener una remuneración bruta mensual menor o igual a $ 961.500 y tener una antigüedad máxima en la empresa de 3 meses.
Se genera un aporte adicional y focalizado para jóvenes entre 18 y 24 años, mujeres y personas con discapacidad, en cuyo caso el subsidio tendrá un límite superior, que asciende a 270.000 dólares mensuales.
Esto significa que el subsidio es de los siguientes montos:
I.- MUJERES MAYORES DE 18 AÑOS/ DISCAPACITADOS/ HOMBRES DE 18 A 23 AÑOS.
Si el salario mensual bruto es:
a) Menos de 450.000 dólares: el subsidio es igual al 60% del salario mensual bruto.
b) Más o igual a 450.000 dólares pero menos o igual a 961.500 dólares: el subsidio será igual a 270.000 dólares.
II.- HOMBRES A PARTIR DE 24 AÑOS Y SIN DISCAPACIDAD
Si el salario mensual bruto es:
a) Menos de 500.000 dólares: el subsidio es igual al 50% del salario mensual bruto.
b) Más o igual a 500.000 dólares pero menos o igual a 961.500 dólares: el subsidio será igual a 250.000 dólares.
ESTE SUBSIDIO ESTÁ DESTINADO A A:
1a Empresas de la primera categoría (incluyendo todas las del régimen de las PYMES, renta presunta, individuos y otros).
2º Pequeños contribuyentes según el artículo 22 de la Ley de Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos y complementarios, entre otros).
El empresario Roy Taylor concluye indicando que ESTAS SUBVENCIONES YA ESTÁN DISPONIBLES PARA SU APLICACIÓN, para lo cual se ha creado una plataforma que se puede encontrar en la página web www.subsidioalempleo.cl.
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